
La Procuraduría Federal de Consumidor puede llevar a cabo Procedimientos por Infracciones a la Ley (PIL) con el objeto de determinar si el proveedor ha incumplido y, en su caso, imponer sanciones. El PIL comienza con la notificación del acuerdo de inicio al presunto infractor de los hechos. Después de que Profeco admite las pruebas y procede a su desahogo, inicia un periodo para que el proveedor rinda sus alegatos. Concluido lo anterior, Profeco resolverá si existe o no sanción y el monto de la misma.
Si deseas consultar otras actuaciones dentro del expediente, te invitamos a formular tu solicitud a través del
Portal de Transparencia o visitando tu
Delegación o subdelegación Profeco más cercana.
| Dentro de los actos administrativos publicados en este Portal, podrían existir algunos en contra de los cuales se encuentre en trámite algún medio de impugnación ante autoridad distinta a la Procuraduría Federal del Consumidor. |